Ayudas prevencion riesgos laborales
¿Buscas ayudas o subvenciones para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales?
Subvenciones dirigidas a la reducción de la siniestralidad laboral mediante integración de la prevención en la empresa a través de 7 aspectos de los que tu empresa puede aprovecharse.
Adquisición de maquinaria nueva, en sustitución de antigua, que si bien cumple la legislación vigente presenta menores niveles y prestaciones de seguridad que la adquirida y el achatarramiento de la maquinaria sustituida, excepto las máquinas que se incluyan en las líneas 3, 4 y 5 siguientes.
Adaptación de equipos de trabajo en base a los requisitos establecidos en el Anexo I del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
Adquisición de equipos de trabajo para zonas clasificadas por riesgo de formación de atmósferas explosivas (zonas ATEX), excepto equipos de protección individual.
Diseño e instalación de sistemas de extracción localizada, con ayudas que pueden suponer una rebaja importante para la contratación de trabajos verticales y equipos especializados en la sustitución de bajantes o conductos de ventilación en edificios y naves industriales.
Adquisición de equipos de trabajo motorizados para el traslado, transporte y almacenamiento de cargas o adquisición de equipos de trabajo motorizados para la realización de trabajos en altura por trabajadores.
Diseño, instalación y verificación de equipos de protección colectiva o líneas de vida fijas en cubierta.
Adquisición de torres de trabajo móviles para microempresas que necesitas este tipo de plataformas auxiliares móviles para acometer trabajos que suponen un verdadero peligro en altura y que pueden ver una verdadera solución en conseguir subvenciones para la prevención de riesgos y poder contar con material verdaderamente adecuado y con garantía a la hora de trabajar.
Los beneficiarios de este tipo de subvenciones son las personas físicas o jurídicas, siempre que tengan uno o varios trabajadores por cuenta ajena, tengan actividad económica en la Comunidad Autónoma de Madrid y realicen las inversiones o actividades objeto de subvención en centros de trabajo situados dentro del territorio de la Comunidad Autónoma. En el caso de las personas físicas que ejerzan una actividad económica en los supuestos incluidos en el artículo 1 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, podrán ser beneficiarios de estas subvenciones den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena. ¿Quiénes no pueden pedir la ayuda? En el caso de que tu empresa u organización sea beneficiaria de: a) Las Sociedades Públicas y Entidades de Derecho Público, así como cualquier empresa u organización en la que su participación sea mayoritaria. b) Las empresas que tengan entre sus actividades el alquiler de material y equipos, para aquellos materiales y equipos que se vayan a destinar a su alquiler, comercialización o actividad económica. c) Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.
1. Primeramente, tienes que entregar la solicitud, ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha. 2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse. Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.
En Proalt Ingeniería somos especialistas en obra e industria en desarrollo de proyectos para la prevención del riesgo de caídas en zonas de riesgo de trabajo, especialmente en construcción, obra civil e industria.