Protección dorsal y sistemas anticaídas en escaleras
Hoy vamos a hablar de un tema que forma parte de las dudas más consultadas por nuestros clientes.
- ¿Necesita mi escalera vertical protección dorsal?
- ¿A partir de cuántos metros es obligatorio?
- ¿Es suficiente sólo la protección dorsal para cumplir normativa y ser un sistema de acceso seguro?
- ¿Puede mi escalera no llevar Protección Dorsal y añadir un sistema anticaída y seguir cumpliendo normativa?
- ¿Qué es necesario, conveniente u obligatorio para que mi escalera cumpla normativa?
Pues bien, publicamos un post donde ya os hablábamos sobre las escaleras verticales, en este vamos a explicarlo todo sobre las mismas y las protecciones que se pueden usar, y para ello, lo primero que hay que conocer es lo que dice la normativa, tanto las de obligado cumplimiento como las que no lo son.
Normativas de referencia para Escaleras Verticales de Acceso
En este caso, cuando hablamos de Escaleras Verticales de Acceso, nos referimos a la siguiente normativa:
REAL DECRETO 486/1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. En referencia a lo que estamos comentando en este post, el Real Decreto establece lo siguiente:
“Las escalas fijas que tengan una altura superior a 4 metros dispondrán, al menos a partir de dicha altura, de una protección circundante. Esta medida no será necesaria en conductos, pozos angostos y otras instalaciones que, por su configuración, ya proporcionen dicha protección.”
En conclusión, respecto al RD 486/1997:
- Sobre la Protección dorsal, hace referencia para escaleras de longitud superior a 4 metros (salvo excepciones puntuales).
- Sobre Dispositivos anticaídas, no se pronuncia.
UNE-EN ISO 14122-4:2017. Seguridad de las máquinas. Medios de acceso permanentes a máquinas. Parte 4: Escalas fijas. (ISO 14122-4:2016). En esta ocasión, la norma establece lo siguiente:
“En la norma UNE-EN ISO 14122-4:2017, se recomienda que las escalas cuya altura sea superior a 3 metros dispongan de una jaula de seguridad (protección circundante) al menos a partir de dicha altura, pudiendo arrancar la jaula desde 2,20 metros como mínimo para permitir el acceso de las personas a la escala”.
Además, otra de las cosas que deja claras la normativa en referencia al uso de Dispositivos anticaídas es que “no se debe utilizar una combinación de jaula de seguridad y un dispositivo anticaída”.
Resumiendo, respecto a la EN 14122-4:2017:
- Sobre la Protección dorsal, hace referencia para escaleras de longitud superior a 3 metros.
- Sobre Dispositivos anticaídas, se desaconseja cuando la jaula está presente.
A la vista está que ambas referencias se contradicen, ya que el Real Decreto expone que la Protección circundante es obligatoria a partir de 4,00 metros, y la norma UNE desaconseja el uso de anticaídas si la escalera presenta Protección circundante.
Entonces, ¿Qué sería lo más adecuado? ¿No se instalan sistemas anticaídas ya que el Real Decreto es de Obligado cumplimiento y la norma UNE no?
Es aquí cuando debemos hacer uso del sentido común, y sobre todo, tener muy en cuenta la importante Ley 30/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
Esta ley expone en su artículo 17, “Los equipos de protección individual deberán utilizarse cuando los riesgos no se puedan evitar o no puedan limitarse suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o mediante medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo”.
Según la Ley 30/1995, el empresario deberá proporcionar a sus trabajadores seguridad y protección.
Entonces, sí debemos incorporar a las escaleras verticales de acceso Dispositivos anticaídas para asegurar el riesgo de caída que la Protección Dorsal no nos permite.
Desde hace algunos cuantos años, ya se está dando vueltas a este tema contradictorio ya que al final no podemos dejar de lado la norma UNE-EN ISO 14122-4 al ser el documento que marca las pautas de las Escaleras Verticales de acceso fijas para mantenimiento de maquinarias.
De hecho, en Reino Unido, el Health and Safety Executive publicó en 2004 un informe de investigación llamado “Preliminary investigation into the fall-arresting effectiveness of ladder safety hoops” que llevo a cabo el estudio de todo lo que estamos contando con dispositivos reales y teniendo en cuenta las dimensiones del trabajador que vaya a hacer uso del sistema.
Entre otras cosas, se exponen diferentes ensayos de como sería una caída para un usuario tanto si la escalera contempla aros circundantes o no.
Al final, aunque esté claro que la Protección Dorsal le quita el miedo al usuario y le permite hacer uso del sistema de seguridad con más confianza, a su vez te limita el espacio tanto cuando asciendes y desciendes como en caso de caída.
Podemos ver un ejemplo en la siguiente imagen:
Secuencia cinemática de la caída del trabajador en la prueba de la escalera con jaula (Fuente: HSE)
¿Cuál es entonces la mejor solución?
Después de conocer la normativa, las teorías y hasta la existencia del estudio de investigación realizado por HSE, la pregunta que nos queda por responder está clara: Protección dorsal, ¿sí o no?
Tabla comparativa entre aspectos positivos y negativos de la protección dorsal, elaborada por Proalt
La respuesta, a día de hoy, es SÍ.
La respuesta justificada sería: Porque así lo contempla el REAL DECRETO (salvo en excepciones que hemos comentado al principio).
¿Debemos instalar además un sistema anticaídas? También, ya que La Ley de Prevención de Riesgos Laborales así lo contempla tal y como hemos comentado también anteriormente.
Para terminar, os mostramos los sistemas anticaídas posibles con algunos ejemplos que hemos llevado a cabo en Proalt Ingeniería:
Ejemplos de dispositivos anticaídas instalados por Proalt en escaleras verticales
Como siempre os decimos, en Proalt estaremos encantados de asesoraros, ayudaros y facilitaros la solución de seguridad para el trabajo en altura que más se adapte a vuestras necesidades específicas. Evaluamos cada proyecto individualmente para garantizar la seguridad de los futuros usuarios.
Y ahora, ¿te verías capaz de responder a las preguntas del principio? ¡Te leemos en comentarios!
Responsable del Departamento de Seguridad.
Arquitecta, especialista en el diseño de sistemas preventivos para el acceso y tránsito de operarios en tareas de mantenimiento preventivo.
Encargada de la gestión documental para la revisión de equipos anticaídas.
Gracias por tu aportación. Feliz semana.