En Proalt Ingeniería tenemos claro que la prevención de riesgos en el trabajo depende en gran medida del grado de conocimiento y profesionalización de los diferentes actores que conforman el equipo de trabajo en tareas susceptibles a sufrir accidentes laborales como son los sectores de la construcción e industria.
Los trabajos en altura más comunes podrían ser:
- Trabajos en andamios
- Escaleras, cubiertas, postes, plataformas, vehículos, etc.,
- Trabajos en profundidad, excavaciones, pozos, etc.
Cualquier tipo de tarea puede ser susceptible de llamarse “en altura”, y con esto lo que queremos decir es que, si tu labor se centra tanto en tareas de mantenimiento, reparación, construcción, restauración de edificios u obras de arte, montaje de estructuras, limpiezas especiales, etc.
Puedes estar expuestos a peligros de forma intermitente cada vez que pases por cierto lugar, subas a un almacén, escalera, plataforma, andamio o lo que sea.
¡Así que… lleva cuidado!
Definición de trabajos en altura
EPIs trabajo en altura.
Los trabajos en altura o trabajos verticales a todas aquellas actividades que un trabajador tiene que realizar en su lugar de trabajo a más de dos metros de altura y que conlleva un riesgo potencial de caída desde una altura tal que puede poner en peligro la vida del mismo por lo que es necesario suplir al trabajador de los llamados EPIs de trabajo en altura.
Principales ejemplos de trabajos verticales
Los trabajos relacionados con el mantenimiento y reparación de infraestructuras, restauración de edificios, limpiezas especiales, montaje de estructuras, tareas sobre andamios, tareas de mantenimiento con uso de escaleras de mano, limpieza o reparación de cubiertas, tejados, postes o cualquier tipo de plataforma (por ejemplo grúas a gran altura.)
Por otro lado tenemos los trabajos en profundidad como excavaciones o trabajos de limpieza de pozos, alcantarillado, que también conllevan un gran riesgo de caída.
Principales causas de riesgo
- El alejamiento del trabajador del punto peligroso
- La señalización correcta y normalizada del peligro
- La utilización de EPIs
- El montaje de equipos de protección colectiva como líneas de vida, vallas, barandilla,es redes, etc.
Principales causas de accidentes
- Falta de Información
- Condición insegura del entorno
- Inconsciencia o exceso de confianza
- Falta de material adecuado
Qué garantizan los EPIs
- Falta de Información
- Condición insegura del entorno
- Inconsciencia o exceso de confianza
- Falta de material adecuado
Qué normas deben cumplir los EPIs
RD 1407/1992 de 20 de noviembre (transposición de la Directiva 89/686/CEE, de 21 de diciembre)
Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo (transposición de la Directiva 89/656/CEE, de 30 de noviembre)
Cuándo utilizar EPIs trabajo en altura
En cualquier tipo de trabajo en altura donde pueda surgir cualquier tipo de peligro potencial de caída durante el proceso, y donde no existan medios de protección colectiva que garanticen la seguridad del operario, deberá usarse cinturón o arnés de seguridad u otro dispositivo anticaídas.
Componentes y elementos EPIs
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Cómo desplazarse usando EPIs
Otro compañero, debidamente colocado en lugar seguro, puede ir desplazando la fijación de la cuerda. Por otro lado se puede utilizar simultáneamente otra cuerda, sostenida por un compañero, antes de soltar la primera.
Conservación del material de protección individual
No se deben exponer las cuerdas y correas a los efectos nocivos de radiaciones ( tanto infrarrojas, ultravioletas…) procedentes de puestos de soldadura próximo
Está regulado específicamente por el REAL DECRETO 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el R.D. 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo en materia de trabajos temporales en altura.
La aprobación de este Real Decreto, de obligado cumplimiento, supuso un paso importante en la regulación de los trabajos temporales en altura, abarcando los trabajos sobre escaleras de mano, andamios y trabajos con técnicas de acceso y posicionamiento mediante cuerdas o Trabajos Verticales.
Centrándonos en la formación en trabajos verticales, el R.D. 2177 establece, entre otras medidas, una formación adecuada y específica para las operaciones previstas a los trabajadores afectados, estableciendo los contenidos mínimos, tal y como adelantamos anteriormente en el artículo:
- Las técnicas para la progresión mediante cuerdas y sobre estructuras.
- Los sistemas de sujeción.
- Los sistemas anticaídas.
- Las normas sobre el cuidado, mantenimiento y verificación del equipo de trabajo y de seguridad.
- Las técnicas de salvamento de personas accidentadas en suspensión
- Las medidas de seguridad ante condiciones meteorológicas que puedan afectar a la seguridad.
- Las técnicas seguras de manipulación de cargas en altura.
¿Qué Real Decreto regula la calidad mínima de los elementos para trabajos en altura?
La Directiva 89/686/CEE establece las exigencias mínimas esenciales que deberán cumplir todos los equipos de protección individual, independientemente del lugar donde se esté ejerciendo la actividad.
La Directiva 89/656/CEE fija las disposiciones mínimas de seguridad, y salud que garanticen una protección adecuada del trabajador en la utilización de los equipos de protección individual en el trabajo.
Las dos Directivas, complementarias entre sí, vienen a concretar lo dispuesto en el Convenio número 155 de la Organización Internacional del Trabajo en su artículo 16.3 que establece, que cuando sea necesario, los empleadores deberán suministrar ropas y equipos de protección apropiados a fin de prevenir los riesgos de accidentes o de efectos perjudiciales para la salud de los trabajadores.
Otras normas técnicas de aplicación son las normas EN (Norma Europea) y normas UNE (Una Norma Española).
A pesar de ser directrices voluntarias de ámbito europeo, establecen especificaciones técnicas de productos, servicios y procesos que al estar armonizadas garantizan un nivel mínimo de calidad, seguridad y fiabilidad:
- UNE 12841: Equipos de protección individual contra caídas. Sistemas de acceso mediante cuerda – Dispositivos de regulación de cuerda.
- Otra normativa a tener en cuenta para la realización de los trabajos en altura y de obligado cumplimiento es:
- Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales.
- Real Decreto 486/1997, que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
- Real Decreto 773/1997, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
- Real Decreto 1215/1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
- UNE 363: Sistemas anticaídas.
- UNE 365: Mantenimiento y revisión periódica.
- UNE 795: Dispositivos de anclaje.
- UNE 1496: Dispositivos de salvamento mediante izado.
- UNE 361: Arneses anticaídas.
Podemos establecer los dos metros como altura a partir de la cual ya empieza a tornarse peligroso trabajar, o al menos, así es como lo considera el Real Decreto de trabajos en altura.
En realidad, si lo que vas buscando es saber a partir de qué altura deberías empezar a llevar EPIS encima, será necesario que te preguntes acerca de la entidad que gestiona los procedimientos de trabajo, dado que dependerá del servicio de prevención ajeno o departamento interno, que establecerá las condiciones de trabajo en la que deben trabajar los trabajadores propios o ajenos o subcontratas.
Muchas veces nos hacen preguntas como, si no se llega a los dos metros de altura de caída, y realmente, si un responsable o titular lo estima necesario, la altura puede ser incluso menor.
¿Tengo que portar EPIS? ¿Se necesitan los epis o el arnés sobre cestas de carretillas elevadoras?
También nos llegan muchísimas dudas acerca de la necesidad de llevar a cabo todo tipo de implementaciones en zonas de trabajo precisamente porque en muchas ocasiones es mucho más ventajoso recurrir a la las llamados protecciones colectivas y no tanto a colgar retráctiles o enrollar líneas de vida por todas partes.
En muchas ocasiones, un buen módulo de barandillas es más que suficiente a la hora de proteger una zona segura, sin embargo, es imposible que se realicen trabajos en algunos lugares si no es incluso con técnicas de trabajo vertical o suspensión con algún tipo de plataforma.
Es por eso que es tan difícil y es necesaria una cualificación intensa en materia de seguridad industrial y obras, para que podamos ser conscientes realmente cómo se tienen que planificar los trabajos para que éstos sean seguros, siempre teniendo en cuenta el marco legislativo en el que se tenga que operar, dado que no es lo mismo quien opera en una obra de construcción, y quien opera en una zona de trabajo rodeado de maquinaria o sistemas que deban ser adecuados para que sean seguros, o completamente al aire libre como puede ser en minas o en zonas offshore, etc.
Te recomendamos que siempre cuentes con personas expertas en lo que necesites antes de comprar tu equipos anticaída o redactar planes de prevención sin saber realmente cuales son las problemáticas de la zona de trabajo, del entorno o de lo que sea.
Todo el material que conforma el sistema de protección individual contra caídas de altura (o sistema anticaídas) que garantizará una parada segura de una caída, desplome o desliz sobre una plataforma de forma que:
- La distancia de caída del cuerpo sea mínima.
- La fuerza de frenado no provoque lesiones corporales.
- La postura del trabajador, una vez producida la frenada o golpe seco de la caída, sea tal que permita al usuario, dado el caso, esperar auxilio.
Partes de un conjunto anticaídas
Un sistema anticaídas estará formada por:
- Un arnés anticaídas
- Una conexión para unir el arnés anticaídas a un punto de anclaje seguro utilizando un dispositivo anticaídas o un absorbedor de energía
Es necesario que todos sepamos que un simple cinturón NO PROTEGE contra las lesiones y daños que puede producir una caída a más de 2 metros de altura.
Es el mismo caso que el cinturón de seguridad de un coche, puede salvarte la vida pero no de que sufran daños y lesiones.
» No todo son EPIS para mejorar la prevención de riesgos en obra,…
Desplazamiento horizontal seguro
Cuando el trabajo obliga a desplazarse horizontalmente o verticalmente a una distancia superior a la largura de la cuerda, se debe actuar de la siguiente manera:
Otro compañero, debidamente colocado en lugar seguro, puede ir desplazando la fijación de la cuerda.
Por otro lado se puede utilizar simultáneamente otra cuerda, sostenida por un compañero, antes de soltar la primera.
Si durante el trabajo en altura es preciso desplazarse con cierta frecuencia por la zona, la mejor solución será instalar una línea de seguridad o línea de vida que consiste en un cable o guía tendido entre dos puntos fijos y resistentes (salientes del armazón, postes de una línea eléctrica, dos chimeneas en buen estado, etc.)
Certificación
- Certificación: Constancia que se entrega al final de un proceso o trabajo de instalación, acreditando que un determinado elemento cumple con las exigencias de calidad de la norma que lo regula, o que una persona posee los conocimientos y habilidades necesarias para desempeñar ciertas actividades determinadas por el tipo de formación reglada por parte del fabricante.
Distancia de caída libre
- Distancia de caída libre: Desplazamiento vertical y súbito que sufre el conector en la detención de caídas, y va desde el inicio de la caída hasta que ésta se detiene o comienza a activarse el absorbente de choque.
Distancia de detención
- Distancia de detención: La distancia vertical total requerida para detener una caída, incluyendo la distancia de desaceleración y la distancia de activación.
- Distancia de desaceleración: La distancia vertical entre el punto donde termina la caída libre y se comienza a activar el absorbente de choque hasta que este último pare por completo.
Medidas de prevención
- Medidas de prevención: Conjunto de acciones individuales y colectivas que se deben llevar a cabo para advertir o evitar la caída de personas y objetos durante la realización de trabajos en alturas.
- Entre ellas están: diseño de proyecto teniendo en cuenta la seguridad del entorno de trabajo, el programa de protección contra caídas y las medidas activas de prevención.
Medidas activas de protección
- Medidas activas de protección: Todas aquellas medidas que debe llevar a cabo un trabajador de forma individual y colectiva de forma consciente después de haber sido formado y concienciado en la importancia de la prevención de riesgos que conlleva la tarea que realiza.
Un ejemplo de ello es el uso de elementos de protección individual, elementos del sistema de trabajo en alturas y los procedimientos seguros de trabajo.
Medidas pasivas de protección
- Medidas pasivas de protección: Medidas de precaución o prevención que están diseñadas para detener o frenar al trabajador en el trayecto de la caída, evitando el impacto contra estructuras o elementos, requieren poca o ninguna intervención del trabajador que realiza el trabajo.
Ejemplo de ello son las barandillas de protección colectiva o el refuerzo de seguridad en escalas verticales fijas.
Se debe incorporar en el diseño y construcción de estructuras o equipos que impliquen su operación o mantenimiento en alturas, las facilidades para trabajar en ellos.
Si no es posible prescindir de uso de elementos de protección contra caídas, se deben instalar los anclajes según el número de personas que se prevea que los requieran y estos deben certificarse cada año.
No te olvides de que subirte a un camión es igual que peligroso que asomarte por un balcón de un primer piso y ¡que no lleve barandilla! Por eso se instalan puntos de anclaje o líneas provisionales para subir a cisternas y tráiler.
👉 ¡Ojo! La normativa sobre EPIs trabajo en altura cambió recientemente, siendo necesario a partir de 2023 que todos los equipamientos vayan etiquetado de certificación UE.
Las condiciones para la comercialización y las exigencias esenciales de salud y seguridad de los EPI están establecidas en el RD 1407/1992 de 20 de noviembre (transposición de la Directiva 89/686/CEE, de 21 de diciembre).
👉 ¿Qué normativa regula los Trabajos Temporales en Altura?
Está regulado específicamente por el REAL DECRETO 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el R.D. 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo en materia de trabajos temporales en altura.
La aprobación de este Real Decreto, de obligado cumplimiento, supuso un paso importante en la regulación de los trabajos temporales en altura, abarcando los trabajos sobre escaleras de mano, andamios y trabajos con técnicas de acceso y posicionamiento mediante cuerdas o Trabajos Verticales.
Centrándonos en la formación en trabajos verticales, el R.D. 2177 establece, entre otras medidas, una formación adecuada y específica para las operaciones previstas a los trabajadores afectados, estableciendo los contenidos mínimos, tal y como adelantamos anteriormente en el artículo:
- Las técnicas para la progresión mediante cuerdas y sobre estructuras.
- Los sistemas de sujeción.
- Los sistemas anticaídas.
- Las normas sobre el cuidado, mantenimiento y verificación del equipo de trabajo y de seguridad.
- Las técnicas de salvamento de personas accidentadas en suspensión
- Las medidas de seguridad ante condiciones meteorológicas que puedan afectar a la seguridad.
- Las técnicas seguras de manipulación de cargas en altura.
👉 Otra normativa a tener en cuenta para la realización de los trabajos en altura y de obligado cumplimiento es:
- Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales.
- Real Decreto 486/1997, que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
- Real Decreto 773/1997, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
- Real Decreto 1215/1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
Legislación y normativa europea UNE
Otras normas técnicas de aplicación son las normas EN (Norma Europea) y normas UNE (Una Norma Española), que, a pesar de ser directrices voluntarias de ámbito europeo, establecen especificaciones técnicas de productos, servicios y procesos que al estar armonizadas garantizan un nivel mínimo de calidad, seguridad y fiabilidad:
- UNE-EN 12841: Equipos de protección individual contra caídas. Sistemas de acceso mediante cuerda – Dispositivos de regulación de cuerda.
- UNE-EN 363: Sistemas anticaídas.
- UNE-EN 365: Mantenimiento y revisión periódica.
- UNE-EN 795: Dispositivos de anclaje.
- UNE-EN 1496: Dispositivos de salvamento mediante izado.
- UNE-EN 361: Arneses anticaídas.
Quién y cuando se debe de tomar la decisión de implementar medidas de seguridad
Si el titular o responsable de la gestión de riesgos de la empresa ha establecido que no quiere pequeños incidentes o accidentes derivados de descuidos que no cumplen el mínimo de la Ley.
Puede establecer perfectamente que tu o tu equipo utilicéis EPIS para el trabajo en altura, aun cuando todo lo demás esté en orden y el peligro sea casi ridículo.
Entiende que una entidad u organización, a partir de cierta cifra de trabajadores en plantilla, es considerada como empresa de tal envergadura que es suya la responsabilidad de mantener a salvo la vida e integridad de su plantilla, así que como trabajador o empresa subcontratada, y debiendo cumplir con el plan de seguridad del montaje o de los trabajos a acometer, deberás cumplir con lo que dicten sus responsables de prevención, y no solo acatar la Ley o ceñirte al decreto.
Es por eso que vemos muchas empresas que ante la duda de «¿Qué altura se considera peligrosa?» prefieren optar por empezar a obligar a los trabajadores a utilizar protección colectivas, individuales, fijas o temporales cuando la altura de caída ronda entre el metro y medio y el metro ochenta.
Etiquetado CE en el material para trabajar en altura
Con la colocación del marcado CE el fabricante declara que el EPI se ajusta a las disposiciones indicadas en el citado Real Decreto.
Es imprescindible que por parte del fabricante, de suministrar un folleto informativo junto con cada equipo, documento de gran utilidad en el proceso de selección y uso, que debe contener información acerca de todas sus características, como, por ejemplo, instrucciones y limitaciones de uso, mantenimiento,limpieza, revisiones, caducidad, etc. Debe estar escrito en español y su contenido ser perfectamente claro.
Las exigencias mínimas relativas a la elección y utilización de los EPIs trabajo en altura se fijan en el Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo (transposición de la Directiva 89/656/CEE, de 30 de noviembre).
EPIs trabajo en altura y sistemas anticaídas: componentes y elementos
El hecho de evitar una caída depende no solo de un arnés si no de una planificación previa al trabajo a realizar, el entorno de trabajo, número de trabajadores sobre una misma superficie, peso de los trabajadores y del equipo y herramientas que deben utilizar, etc.
A dicho conjunto de elementos y equipos se le denomina sistema anticaídas y cada uno de los equipos que lo forman es un componente de dicho sistema.
Cada componente es un equipo que el fabricante comercializa provisto de marcado y embalaje y acompañado de la correspondiente información proporcionada por el fabricante. Nos estamos refiriendo entre otros, a los arneses anticaídas, los dispositivos anticaídas retráctiles y los conectores.
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Cada componente de los EPIs en trabajos en altura están formado, a su vez, por diferentes partes constituyentes a las que se les denomina elementos. Como ejemplos de estos elementos pueden mencionarse, entre otros, los cables, cuerdas y bandas, los elementos de enganche, los elementos de ajuste y cierre,los reguladores de longitud, los lastres y los tensores.
Cómo deben utilizarse los EPIs (equipos de prevención individual)
a) Antes de subir al puesto de trabajo
Colocaremos el arnés o cinturón lo suficientemente ajustado como para que en el caso de caída el trabajador no pase a través de él. Para ello encontramos diferentes tamaños de arneses, con cinchas sub glúteas, ajustes pectorales, dorsales, etc.
Trataremos de dejar la extremidad libre de la cuerda al alcance de las manos, para que el trabajador pueda engancharse a un punto fijo y resistente de forma cómoda.
b) Antes de enganchar en un punto fijo
Para que el cinturón de seguridad le sostenga, la altura debe ser limitada por lo que sujetaremos el extremo libre de la cuerda a un punto fijo situado por encima del trabajador de forma perpendicular si es posible. Es la manera más recomendada para no dar lugar a la caída. Puede ponerse a la misma altura del usuario o en la base sobre la que se esté trabajando.