Caídas en altura…¿Un riesgo aislado?

trabajadores verticales fachada edificio

Tal como hemos señalado en anteriores publicaciones, como responsables de prevención, siempre debemos de tener presente que «La prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema general de gestión de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los niveles jerárquicos de ésta…» (Artículo 16.1-Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales).

En la mayoría de las ocasiones, debido a nuestra actividad preventiva más habitual, focalizamos únicamente nuestras soluciones a los riesgos presentes en las tareas o procesos más frecuentes de nuestro día a día. Pero esto no nos debe hacer olvidar como prevencionistas, que en la mayoría de las actividades laborales pueden ser varios los riesgos que pueden estar presentes y como también nos indica la propia legislación «los instrumentos esenciales para la gestión y aplicación del plan de prevención de riesgos, que podrán ser llevados a cabo por fases de forma programada, son la evaluación de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva

Evaluación de riesgos

De una buena evaluación de riesgos inicial o revisada como legalmente proceda, podemos llegar a interesantes conclusiones, pero, sobre todo, nos sirve para implantar las medidas preventivas necesarias para eliminar o reducir y controlar los riesgos.

Desde Proalt Ingeniería, como especialistas con amplia experiencia en la seguridad para trabajos en altura, la evaluación del resto de los riesgos presentes en la actividad donde son requeridos nuestros servicios, siempre estará presente en nuestras soluciones, es decir, nunca podemos considerar las soluciones propuestas para las caídas en altura como aisladas e independientes de otras soluciones preventivas.

¿Qué consideraciones tendremos en cuenta en nuestras soluciones preventivas?

Entre otras, podemos tener en cuenta las siguientes consideraciones:

• Preservar la integridad de los trabajadores y de todas las personas del entorno.
• Organización del trabajo de forma tal que el riesgo sea mínimo en caso de no poder ser eliminado
• Instalaciones y EPIS necesarios para la protección colectiva e individual de los trabajadores.
• Proporcionar a los trabajadores los conocimientos necesarios para el uso correcto de las instalaciones y EPIS necesarios mediante procedimientos de trabajo seguros.

¿Qué criterios normativos tendremos en cuenta en nuestras soluciones preventivas?

Entre otros, podemos tener en cuenta como referencia la siguiente legislación, normativa y documentos informativos:

• Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales.
• Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre.
• R.D. 486/1997 disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
• GT 486/1997 Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de lugares de trabajo.
• R.D. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
• R.D. 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
• R.D. 2177/2004, por el que se modifica el R.D. 1215/1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura
• R.D. 485/97, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.
• R.D. 773/1997, de 30 mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
• EN 795:2012. Protección contra las caídas de altura. Dispositivos de anclaje. Requisitos y ensayos
• CEN/TS 16415. Personal fall protection equipment. Anchor devices recommendations for anchor devices for use by more than one person simultaneously
• UNE-EN 353-2:2002. Equipos de protección individual contra caídas de altura. Dispositivos anticaídas deslizantes sobre línea de anclaje flexible.
• UNE-EN 354:2011. Equipos de protección individual contra caídas. Equipos de amarre.
• UNE-EN 355:2002. Equipos de protección individual contra caídas de altura. Absorbedores de energía.
• UNE-EN 358:2000. Equipo de protección individual para sujeción en posición de trabajo y prevención de caídas de altura. Cinturones para sujeción y retención y componentes de amarre de sujeción.
• UNE-EN 360:2002. Equipos de protección individual contra caídas de altura. Dispositivos anticaídas retráctiles
• UNE-EN 361:2002. Equipos de protección individual contra caídas de altura. Arneses anticaídas
• UNE- EN 362:2005. Equipos de protección individual contra caídas de altura. Conectores
• UNE-EN 363:2009. Equipos de protección individual contra caídas. Sistemas de protección individual contra caídas
• UNE-EN 364:1993/UNE-EN 364/AC:1994. Equipos de protección individual contra caídas de altura. Métodos de ensayo
• UNE-EN 365:2005/ UNE-EN 365:2005 ERRATUM:2006. Equipos de Protección individual contra caídas de altura. Requisitos generales para las instrucciones de uso, mantenimiento, revisión periódica, reparación, marcado y embalaje
• UNE-EN 813:2009. Equipos de protección individual contra caídas. Arneses de asiento
• UNE-EN 1497:2008. Equipos de protección individual contra caídas. Arneses de salvamento

Actividades laborales donde el riesgo de caída en altura convive con otros riesgos

Trabajos verticales en suspensión

Los principales riesgos en esta actividad, según el INSST, pueden ser:

  • Caídas en altura
  • Caída de materiales u objetos en su manipulación sobre personas y/o bienes
  • Cortes o heridas de diversa índole por uso de herramientas y maquinaria
  • Caídas al mismo nivel
  • Proyección de partículas
  • Quemaduras diversas
  • Inhalación de partículas
  • Contactos eléctricos directos o indirectos
  • Explosiones en presencia de atmósferas explosivas
  • Riesgos ergonómicos
  • Estrés térmico
espacio confinado gases mascarilla oxigeno respiracion proalt

Trabajadores de Proalt accediendo a un espacio confinado

Trabajos en recintos confinados

Los principales riesgos en esta actividad, según nos indica el INSST pueden ser los siguientes:

  • Caídas en altura (caídas a distinto nivel)
  • Riesgos mecánicos
  • Riesgos de electrocución
  • Caídas de objetos al interior mientras se está trabajando
  • Malas posturas
  • Ambiente físico agresivo
  • Un ambiente agresivo además de los riesgos de accidente acrecienta la fatiga.
  • Riesgos derivados de problemas de comunicación entre el interior y el exterior
  • Asfixia
  • Incendio y explosión
  • Intoxicación
trabajo de poda de arboles

Ejemplo de trabajo de poda en árboles

Trabajos de poda en árboles

El INSST nos indica que los principales riesgos en esta actividad serían los siguientes:

  • Caídas en altura (caídas a distinto nivel)
  • Cortes y lesiones varias
  • Contactos eléctricos directos
trabajo en gondolas suspendidas limpiando cristales fachada edificio

Ejemplo de trabajo en góndolas: limpiando ventana de una fachada

Trabajos en góndolas suspendidas

Atendiendo a la información del INSST los principales riesgos en esta actividad pueden ser:

  • Caídas en altura (caídas a distinto nivel)
  • Caídas al mismo nivel
  • Cortes en extremidades superiores
  • Caída de objetos
  • Atrapamiento de extremidades con órganos móviles
  • Contactos eléctricos indirectos o directos
  • Golpes contra objetos
cubierta fragil redes seguridad proalt

Ejemplo de cubierta de materiales frágiles

Trabajos sobre cubiertas de materiales ligeros

Los principales riesgos en esta actividad, según el INSST, pueden ser:

  •  Caídas en altura
  • Caída de objetos o de parte de la cubierta sobre personas

Instaladores de Proalt montando un andamio

Trabajos en andamios

Los principales riesgos en esta actividad pueden ser:

  • Caídas en altura (caídas a distinto nivel)
  • Desplome de la estructura
  • Caída de materiales sobre personas y/o bienes
  • Contactos eléctricos directos o indirectos
  • Atrapamientos diversos en extremidades
  • Sobreesfuerzos en los trabajos de montaje y desmontaje
  • Golpes contra objetos fijos
trabajo PEMP en altura

Trabajo en altura con una PEMP

Trabajos con PEMP

Los principales riesgos en esta actividad pueden ser según el INSST:

  • Caídas en altura (caídas a distinto nivel)
  • Vuelco del equipo
  • Caída de materiales sobre personas y/o bienes
  • Caídas al mismo nivel
  • Golpes, choques o atrapamientos del operario o de la propia plataforma contra objetos fijos o móviles
  • Atrapamiento del cuerpo o extremidades superiores entre alguna de las partes móviles de la estructura y entre ésta y el chasis
  • Contactos eléctricos directos o indirectos
  • Quemaduras o intoxicaciones

 

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