¿Quién puede revisar un EPI?

En el post de esta semana queremos aclarar ante las dudas y consultas que llegan a nuestro departamento técnico,  que personas son competentes para revisar un EPI.

Como ya explicamos en un post anterior, los EPIS se clasifican en 3 categorías según la norma actual Directiva  89/686/CEE, simplemente vamos a recordarlas ya que se explicaron con detenimiento en dicho artículo:

  • Categoría I incluye exclusivamente los siguientes riesgos mínimos
  • Categoría II incluye riesgos distintos de los enumerados en las categorías I y III riesgos medios.
  • Categoría III incluye exclusivamente los riesgos que puedan tener consecuencias muy graves, como son los epis para caídas de altura.

Proalt Ingenieria, se dedica a la protección para trabajos en altura, por ello está directamente relacionado con EPIS de categoría III, estos EPIS son compatibles, a la vez que necesarios, para que sean operativos todos los sistemas que instalamos como son:

Por tanto, los EPIS son una pieza fundamental para la seguridad de todos los trabajadores que trabajan en altura y como tal, necesitan que se encuentren en un estado óptimo para su utilización, por ello en Proalt nos tomamos muy en serio su conservación y mantenimiento.

arneses y cascos de seguridad

¿Qué EPIS deben ser revisados?

Cuando nos encontramos con un EPI, independientemente de su categoría, tenemos que disponer de un Manual del fabricante donde vienen reflejadas las características del mismo, normativa, mantenimiento, etc.

Ese manual, nos indicará entre otras muchas mas cosas, la obligatoriedad y periodicidad de llevar a cabo revisiones, recordar que si es un EPI de categoría III, requiere revisiones obligatorias, pero podemos encontrarnos con EPIS de inferior categoría en los cuales el fabricante nos informe de la obligatoriedad de llevar a cabo dichas revisiones periódicas.

En definitiva, cuando nos encontremos con un EPI, tendremos que echar un vistazo al manual del fabricante para saber el mantenimiento que necesita.

El no realizar el mantenimiento indicado por el fabricante, conlleva la pérdida por parte del mismo de cualquier responsabilidad en caso de accidente, pongamos un ejemplo muy sencillo:

Un trabajador está trabajando en la esquina de una cubierta conectado a una línea de vida mediante una eslinga, que se encuentra conectada a su arnés en un extremo y a dicha línea de vida en el extremo opuesto.

En caso de caída, el trabajador y en su defecto la empresa para la que trabaja tendrán que tener un certificado firmado por un técnico competente, como que el arnés y la eslinga han sido revisados, encontrándose aptos para su utilización, en caso contrario la empresa para la que trabaja el trabajador tendrá serios problemas económicos y judiciales.

¿Quién puede revisar los EPI?

La respuesta a quién puede revisar un EPI es muy sencilla: un EPI solamente puede ser revisado como viene reflejado en la normativa vigente EN-365 y en los manuales del fabricante por una persona competente.

Lo primero que vamos a hacer es aclarar que se entiende por una persona competente para llevar a cabo revisiones de EPIS.

Si buscamos en el diccionario de la lengua española, competente es un adjetivo que significa:

  1. Que tiene competencia, entendiéndose competencia por pericia, aptitud o idoneidad para hacer algo o intervenir en un asunto determinado.
  2. Dicho de una persona o de una entidad a la que corresponde hacer algo por su competencia.

Basados en esta información, en Proalt Ingeniería nos tomamos muy en serio que las revisiones periódicas que nos llegan de los EPIS por parte de nuestros clientes, sean llevadas a cabo por personas competentes, por ello nuestros técnicos realizan cursos en las instalaciones de los principales fabricantes con los que trabajamos, como son Ikar, Petzl, Kratos, etc. para poder estar cualificados y ser competentes para poder realizar dichas revisiones.

Realizada la revisión por parte de nuestros técnicos competentes, se emite un certificado indicando que el equipo es apto para su utilización indicando el periodo de vigencia y cuando ha de realizarse la próxima revisión.

Toda esta información también queda indicada en el propio EPI con los medios que disponemos para ello. Así cuando el trabajador lo vaya a utilizar puede comprobar que su revisión está en vigor y puede ser utilizado.

 

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